Evaluación del Orden de la Confirmación del Libro de Oración Común chileno de 1973 a la luz del Orden de la Confirmación del Libro de Oración Común de 1662.

Introducción

El propósito de esta evaluación es considerar el Orden de la Confirmación del Libro de Oración Común de 1973 chileno (en adelante LOC 1973) a la luz del Orden de la Confirmación del Libro de Oración Común de 1662 (en adelante LOC 1662). Entendemos que el rito de 1662 es el patrón normativo dentro de nuestro estándar doctrinal en la Iglesia Anglicana de Chile, en adelante IACH, (véase la Constitución de la IACH), por lo cual todo cambio posterior debe ser medido en relación con él, tanto en su forma litúrgica como en su contenido teológico.

1. Exhortación inicial

LOC 1662: La exhortación inicial es doctrinal y catequética. Establece como requisito conocer el Credo, el Padrenuestro, los Diez Mandamientos y el Catecismo breve, de modo que la Confirmación sea una ratificación consciente y no un mero rito formal. Esto refleja un principio reformado esencial: la fe verdadera no es un sentimiento vago, sino conocimiento de la verdad de Dios recibido y confesado por el creyente (véase Artículo XVII). La Confirmación en 1662 está en continuidad con el Bautismo: lo que fue prometido en nombre del niño por padrinos, ahora se ratifica personalmente con entendimiento y fe.

LOC 1973: La introducción es más extensa y de tono pastoral. Destaca los pasajes bíblicos sobre la imposición de manos y presenta la Confirmación como un momento de bendición especial y de compromiso renovado.

Evaluación: El LOC 1973 desplaza el acento desde la disciplina doctrinal hacia la experiencia subjetiva. La exhortación de 1662 garantizaba la preparación en la fe, mientras que la del 1973 corre el riesgo de reducir la Confirmación a una vivencia emocional de compromiso. La Reforma Anglicana entendía que la Iglesia debía instruir al pueblo en la Palabra de Dios para que cada acto litúrgico fuera una respuesta consciente de fe. Al suavizar este elemento, el LOC 1973 empobrece el carácter formativo del rito.

2. Presentación de los candidatos

LOC 1662: No contempla una presentación formal de los confirmandos. El centro no está en lo que la Iglesia declara sobre ellos, sino en lo que cada persona ratifica con su propia boca y corazón. La Confirmación no depende de una declaración previa de terceros, sino de la confesión personal del catecúmeno ante Dios y la Iglesia.

LOC 1973: Introduce una presentación de los candidatos, en la que se afirma que son bautizados, nacidos de nuevo y que han recibido instrucción.

Evaluación: Aquí aparece un matiz delicado. En la teología reformada, el nuevo nacimiento es obra soberana del Espíritu Santo, no algo que pueda declararse de modo general sobre todos los que llegan a la Confirmación (véase Artículo XVII). Al enunciarlo en bloque, el LOC 1973 corre el riesgo de confundir la administración eclesial con la obra interior de Dios. El LOC 1662 evitaba esta dificultad al concentrarse en la confesión personal del confirmando, sin presuposiciones sobre su estado espiritual. Así se mantenía la sobriedad teológica: la Iglesia administra los medios de gracia y exige preparación, pero reconoce que solo Dios conoce los corazones.

3. Examinación

LOC 1662: La examinación es sencilla y directa: el obispo pregunta si los confirmandos renuevan las promesas bautismales. La sobriedad litúrgica está en línea con el principio reformado de que la Confirmación no es un nuevo sacramento, sino una ratificación pública de lo ya recibido en el Bautismo. El énfasis está en la fidelidad a las promesas bautismales y en la perseverancia en la fe.

LOC 1973: Expande la examinación con varios elementos: reconocimiento del pecado original, arrepentimiento, renuncia al diablo y al mundo, confesión del Credo, confianza personal en Cristo y promesa de obediencia.

Evaluación: Este desarrollo tiene un lado positivo: introduce con claridad la doctrina del pecado original (véase Artículo IX), la necesidad de arrepentimiento y la confesión del Credo apostólico. Sin embargo, también puede desviar el centro. El LOC 1662 mantiene la Confirmación ligada al Bautismo: es una ratificación. El LOC 1973, en cambio, puede ser entendido como un rito de reafirmación de conversión, más propio del evangelicalismo moderno. La consecuencia doctrinal es que se altera la teología del rito: deja de ser confirmación de lo recibido en el Bautismo y pasa a parecer un nuevo compromiso o segunda decisión, algo ajeno al patrón reformado clásico.

4. Oración e imposición de manos

LOC 1662: Incluye una oración pidiendo los siete dones del Espíritu Santo (sabiduría, entendimiento, consejo, fortaleza, conocimiento, piedad y temor de Dios), seguida de la imposición de manos con la fórmula: «Defiende, oh Señor, a este tu hijo…».

LOC 1973: Omite la oración de los dones del Espíritu, aunque conserva la fórmula de imposición con redacción casi idéntica.

Evaluación: La omisión de la oración de los dones del Espíritu debilita el énfasis pneumatológico. El LOC 1662 entendía la Confirmación como un acto eclesial de oración por el crecimiento en la vida cristiana. El LOC 1973, al suprimir esa oración, reduce la riqueza doctrinal y catequética en torno al Espíritu Santo, limitándose a la fórmula de imposición sin el marco teológico que la sostenía.

5. El Padrenuestro y las colectas

LOC 1662: Siempre se ora el Padrenuestro, acompañado de dos colectas doctrinalmente ricas que piden gracia, obediencia y preservación en la fe.

LOC 1973: Conserva el Padrenuestro, pero abre espacio a intercesiones libres y colectas alternativas.

Evaluación: El LOC 1973 reduce el peso doctrinal de las oraciones fijas, dando mayor espacio a la espontaneidad. Si bien esto puede animar la participación comunitaria, debilita la uniformidad litúrgica y la continuidad doctrinal que caracterizan al LOC 1662. Las oraciones fijas no eran un formalismo vacío, sino un medio para transmitir de forma clara y constante la doctrina reformada de la gracia y la perseverancia.

6. Recepción en la Iglesia

LOC 1662: No existe un rito de recepción formal. Solo se enfatiza que nadie comulga sin haber sido confirmado, mostrando el vínculo entre Confirmación y participación en la Cena del Señor.

LOC 1973: Añade una recepción comunitaria, con abrazo fraternal y firma pública en el libro de registro de miembros.

Evaluación: Este añadido resalta la dimensión institucional y comunitaria de la pertenencia eclesial. Puede tener valor pastoral, pero también corre el riesgo de desplazar el énfasis hacia la identidad sociológica más que hacia la ratificación personal de las promesas bautismales. La Confirmación, en su raíz reformada, no es un acto de inscripción en una comunidad humana, sino una afirmación de la fe recibida en el Bautismo ante Dios y su Iglesia.

7. Bendición final

LOC 1662: Concluye con una bendición trinitaria solemne, expresión condensada de la fe histórica de la Iglesia.

LOC 1973: Concluye con una bendición bíblica tomada de Judas 24-25.

Evaluación: El LOC 1973 sustituye la fórmula tradicional por un texto bíblico. Aunque apropiado, el cambio introduce una variación significativa en el registro litúrgico. La bendición trinitaria conecta con la confesión histórica y con la teología de la Iglesia universal; reemplazarla por un texto alternativo corre el riesgo de debilitar esa continuidad confesional.

Evaluación ampliada del LOC 1973 a la luz del LOC 1662

La revisión del rito de Confirmación del LOC 1973 muestra, por un lado, ciertas conveniencias pastorales, pero también plantea riesgos serios cuando se mide frente al patrón del LOC 1662, que es nuestro estándar doctrinal.

Conveniencias

  1. Mayor claridad en la profesión de fe: El examen del LOC 1973 incluye una confesión explícita de pecado, arrepentimiento, renuncia al diablo, confesión del Credo y promesa de obediencia. Esto puede ser útil en un contexto pastoral donde muchos confirmandos no tienen clara la doctrina básica o necesitan afirmar personalmente su fe en Cristo.
  2. Integración comunitaria: El rito de recepción con abrazo, firma (y en muchas ocasiones con una entrega de un certificado) puede fortalecer el sentido de pertenencia en comunidades que requieren consolidar identidad y compromiso.
  3. Tono pastoral: El LOC 1973 adapta su lenguaje para ser más accesible y relacional, lo que puede ayudar en la comprensión inmediata del acto litúrgico.

Debilidades

  1. Pérdida de densidad doctrinal: Al omitir la oración de los dones del Espíritu Santo, el LOC 1973 reduce la riqueza pneumatológica y catequética que el LOC 1662 había colocado en el centro del rito. Esto empobrece la comprensión de la Confirmación como acto eclesial de oración por el fortalecimiento en la fe y por el crecimiento en los dones del Espíritu.
  2. Desplazamiento del criterio formativo: Mientras el LOC 1662 exige, como condición previa, una preparación adecuada de quienes van a ser confirmados, el LOC 1973 traslada la carga al examen realizado en la misma liturgia. El riesgo es que la Confirmación se convierta en un acto emotivo y momentáneo, sin la solidez doctrinal previa que la Iglesia históricamente buscó garantizar.
  3. Redefinición de la Confirmación como rito de pertenencia: La incorporación de un momento en que los confirmados firman el registro de la iglesia resalta la dimensión institucional de la pertenencia. Si bien esto puede ser útil pastoralmente, corre el riesgo de eclipsar el carácter principal de la Confirmación como ratificación personal de las promesas bautismales en presencia de Dios y de la congregación.
  4. Fragmentación litúrgica: La apertura a intercesiones espontáneas y colectas alternativas introduce una variabilidad que puede debilitar la uniformidad y la continuidad teológica que caracterizan al rito clásico del LOC 1662.
  5. Inconsistencia en el lenguaje litúrgico:El LOC 1973 alterna entre los términos «ministro» y «pastor» dentro del mismo rito. Por ejemplo, en un momento se indica que «el ministro llevará a los candidatos ante el obispo», y más adelante se señala que «el pastor de la iglesia y miembros del concilio» pueden participar en la recepción. Esta variación puede explicarse por el contexto histórico en que el libro fue producido, cuando muchas congregaciones eran dirigidas por ministros laicos y había pocos presbíteros. Sin embargo, introducir esta flexibilidad terminológica abre la puerta a una cadena de cambios sucesivos que, con el tiempo, pueden diluir la claridad y coherencia de nuestro lenguaje litúrgico. La uniformidad en el uso de los términos no es solo cuestión de estilo, sino de mantener la integridad doctrinal y eclesiológica que caracteriza al LOC 1662.

Una cuestión de autoridad

Aquí surge una pregunta fundamental en nuestro análisis: ¿quién decide estos cambios? Nuestra constitución reconoce el LOC 1662 como estándar doctrinal. No puede pasarse por alto que la Confirmación en el LOC 1973 representa modificaciones significativas en teología y práctica.

Cambios de esta envergadura no pueden depender de la decisión aislada de una persona ni de un solo órgano. ¿Tiene un obispo, por sí solo, la autoridad para producir un libro litúrgico de alcance nacional? Claramente no. Pero tampoco es suficiente que un sínodo, en una sola ocasión, apruebe por mayoría simple una modificación de tal peso. En la tradición anglicana, cuando se trata de reformas litúrgicas mayores, suele exigirse un proceso más riguroso: aprobación en sínodo con amplia mayoría, confirmación en un sínodo posterior y, en muchos casos, una ratificación superior que garantice continuidad y estabilidad (véase Artículo XXXIV).

Conviene subrayar que uno no puede dudar de la buena intención y de la honorabilidad de quienes elaboraron el LOC 1973. Las circunstancias eclesiales y pastorales de ese tiempo eran muy especiales y seguramente llevaron a buscar soluciones rápidas. No se trata, pues, de emitir un juicio personal contra ellos. Sin embargo, es necesario reconocer que decisiones tomadas por situaciones puntuales pueden tener efectos más profundos con el paso del tiempo. Una alteración litúrgica, aunque en su momento parezca pequeña y necesaria, puede ser la base para nuevas modificaciones posteriores. Así, una variación inicial puede convertirse en una cadena de cambios que, a la larga, alteren de manera significativa tanto la liturgia como la doctrina que ella transmite.

Por eso, esta no es una pregunta que busque una respuesta inmediata, sino más bien una invitación a reflexionar: cada vez que introducimos un cambio litúrgico, ¿somos plenamente conscientes de lo que estamos modificando y de sus posibles consecuencias a largo plazo?

El riesgo acumulativo

Conviene insistir que los cambios litúrgicos rara vez muestran todo su efecto en un primer momento. Una alteración puede parecer menor y hasta conveniente, pero al sumarse otras una alteración menor puede, al concatenarse con otras, derivar en un rito sustancialmente distinto al patrón original. La Confirmación del LOC 1973, al omitir una oración clave y añadir ritos de pertenencia comunitaria, establece precedentes que, si se profundizan, pueden desembocar en una liturgia distinta en sustancia a la del LOC 1662.

Surge además otra cuestión de fondo: ¿quién tiene la potestad de decidir cambios litúrgicos? Por definición, la Iglesia Anglicana se concibe como una Iglesia Nacional, lo que sugiere que tales decisiones deben emanar de la Iglesia en su conjunto y no de iniciativas particulares. ¿Es, entonces, la Iglesia Nacional la que debe decidir estos cambios? ¿O tienen las diócesis libertad de producir liturgias propias? Este es un asunto que merece ser discutido con seriedad y resuelto con claridad, para no actuar sobre vacíos normativos que solo generan confusión, alteran la unidad de la Iglesia y debilitan su testimonio común. No debemos olvidar que el propósito original del Libro de Oración Común fue precisamente unificar la liturgia en la vida del pueblo de Dios. Thomas Cranmer buscó con ahínco reemplazar la dispersión de múltiples usos locales por un único rito reformado, claro y accesible. Abandonar ese principio sería arriesgar la cohesión de la Iglesia y apartarnos de una de las convicciones más profundas de nuestra Reforma. Y a la hora de introducir cambios, vale la pena pensar primero y actuar después.

Conviene recordar que este fenómeno no es meramente teórico. La historia de las iglesias anglicanas que adoptaron posturas liberales muestra que los cambios litúrgicos se introdujeron de manera gradual, casi imperceptible al inicio. Lo que parecía una alteración pequeña o puntual se convirtió con el tiempo en la base para nuevas modificaciones, hasta desembocar en ritos y teologías muy diferentes del estándar clásico.

La lección es clara: debemos aprender de esa experiencia. Si no somos cuidadosos en preservar la fidelidad al LOC 1662, cada decisión litúrgica puntual, por pequeña que parezca ser, puede transformarse en el primer paso de una serie de cambios acumulativos que alteren profundamente la identidad doctrinal de la Iglesia.

Conclusión

El LOC 1973 no puede ser entendido simplemente como una versión estilística del LOC 1662. Representa modificaciones de fondo que alteran la orientación del rito: desplaza la catequesis previa hacia un examen litúrgico en el mismo servicio, omite la oración de los dones del Espíritu Santo reduciendo la densidad pneumatológica, introduce un fuerte acento comunitario y sociológico mediante la recepción formal, y abre espacio a una mayor variabilidad ritual. Aunque algunos cambios ofrecen evidentes ventajas pastorales, como la claridad en la profesión de fe o el énfasis en la integración comunitaria, los riesgos de pérdida doctrinal y el riesgo de un alejamiento progresivo del estándar normativo son evidentes.

La Iglesia debe, por tanto, discernir cuidadosamente:

  • Qué adaptaciones son legítimas.
  • Cuáles comprometen la fidelidad al patrón recibido.
  • Y quién posee la autoridad para introducir cambios, evitando que decisiones puntuales terminen desarraigando la continuidad confesional que garantiza nuestra identidad anglicana.

Al mismo tiempo, conviene recordar que no se trata de cuestionar la honorabilidad ni la buena intención de quienes elaboraron el LOC 1973. Las circunstancias de aquel momento eran muy especiales y explican la búsqueda de soluciones prácticas y rápidas. Sin embargo, la experiencia de otras provincias anglicanas enseña que los cambios litúrgicos introducidos gradualmente pueden, con el tiempo, transformar profundamente la doctrina y la identidad eclesial.

La lección es clara: debemos aprender de la historia. Sin idealizar el LOC 1662, reconocemos en él un libro con una teología clara, protestante, reformada y evangélica. Los cambios no son en sí mismos negativos, pero deben realizarse por las motivaciones correctas y mediante los procesos adecuados, de manera que fortalezcan, y no debiliten, la fidelidad de la Iglesia a la tradición que ha recibido.

Además, este análisis deja en evidencia una necesidad más amplia: la conveniencia de capacitar tanto al clero como al pueblo anglicano en el conocimiento de su liturgia, particularmente de aquella que reconocemos como nuestro estándar doctrinal. Si el LOC 1662 es el patrón que garantiza continuidad y fidelidad teológica, se hace urgente promover su estudio, comprensión y uso. Para ello, resulta igualmente necesaria una actualización y edición accesible del LOC 1662, de modo que pueda ser aplicado con claridad en la vida de la Iglesia y transmitido a las nuevas generaciones.

Soli Deo gloria

©Samuel Morrison 2025

Samuel Morrison
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